lunes, 31 de octubre de 2011

Accidente de Trabajo

Denuncia de Accidente de Trabajo


Inmediatamente después de sufrir un accidente, informe a su oficina de personal las características del siniestro (dónde, cuándo, cómo, tipo de lesión). Asimismo puede realizar la denuncia telefónica al 0800-222-0918 e informar a su Oficina de Personal los datos provistos por la aseguradora (Nº de Siniestro).
 ¿Qué es un Accidente de Trabajo?
  
El artículo 6 de la  Ley Nacional Nº 24557 sobre Riesgos de Trabajo establece: “Se considera accidente de trabajo a  todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del  trabajo.”
Cuando se produce un Accidente de Trabajo, hay un sector clave del GCBA que interviene en la tramitación del mismo:
La Unidad de Coordinación con la ART (UCART), es el área encargada de gestionar la relación de los empleados del GCBA con la Aseguradora de Riesgos de Trabajo, PROVINCIA ART en la actualidad.

¿Qué pasos seguir frente a un Accidente de Trabajo?

1. Comunicación del Accidente: Inmediatamente después de sufrir un accidente, informe a su oficina de personal las características del siniestro (dónde, cuándo, cómo, tipo de lesión). Asimismo puede realizar la denuncia telefónica al 0800-222-0918 e informar a su Oficina de Personal los datos provistos por la aseguradora (Nº de Siniestro).

2. Empleado/a Accidentado/a: debe dirigirse al centro médico indicado por PROVINCIA ART. Allí será atendido y se le otorgará  el "Informe de Atención Médica Inicial" con una copia para entregar a su Oficina de Personal. En el sanatorio donde lo asistan no deben cobrarle ni la atención médica ni los medicamentos.

3. Reinserción del Empleado a sus tareas: Cuando el empleado se encuentre en condiciones de reintegrarse a sus tareas, la ART emite una "Constancia de Fin de Tratamiento" con su alta definitiva que debe presentar a la Oficina de Personal (sin esa constancia no puede retomar sus tareas habituales).
La ART sólo reconoce como Accidente de Trabajo lo normado por la  Ley Nacional Nº 24557.

Rechazo del Accidente de Trabajo por parte de la ART

En estos casos la ART debe notificar al empleado y a la Unidad de Coordinación con la ART (UCART) del GCBA en forma fehaciente y mediante carta documento tal rechazo. La UCART en estos casos se comunicará con la Oficina de Personal correspondiente informando el rechazo para tomar los recaudos necesarios en la justificación de las inasistencias incurridas por el empleado. 
Si el empleado no puede reintegrarse a sus tareas debe concurrir a la Gerencia Operativa Medicina del Trabajo (GOMT) o solicitar médico en su Oficina de Personal como es habitual en las licencias por enfermedad.
En caso que el empleado considere injustificado el rechazo de su accidente por la ART, puede recurrir a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo) para realizar una apelación. 

Incumplimiento de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo

En caso que el empleado considere que la ART incumplió con sus tareas (atención médica, traslados, etc.) el empleado debe utilizar el Formulario de Reclamos para indicar la/s deficiencia/s en la que incurrió la aseguradora y elevarlo a la UCART por intermedio de su Oficina de Personal.

Documentación necesaria

Este trámite no requiere documentación obligatoria.
Recomendamos contar con la credencial de PROVINCIA ART para que, en caso de sufrir un Accidente de Trabajo, el empleado o quien lo asista tenga al alcance los números telefónicos para realizar la denuncia.

Responsable del área: Dr. Leandro Fernández Curuchet 

Para consultas y mayor información dirigirse a:
        - Av. Roque Sáenz Peña 570 3er piso Oficina Nº 301
        - Teléfono: 4323-8000/9400/9300 int. 5802, 0800-333-3058 y 4331-6295/92
        - Fax: 4323-8000 int. 5803
        - Horario de Atención: Lunes a Viernes entre 10:00 y 17:00 hs Contacto:  coordinacionart@buenosaires.gob.ar, coordinacionart2@buenosaires.gob.ar

 

http://www.mibuenosairesweb.gob.ar/node/609


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